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martes, 5 de julio de 2011

Acerca de la acreditacion de la CONEAU en psicologia

El rol de la Coneau en el ojo de la tormenta

Sociedad /  Las experiencias en la UBA y en Psicología de la UNLP, y las implicancias a futuro 
 
04.07.2011 | 15.14
 
Los cuestionamientos a la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau) y, específicamente, a las funciones que se le atribuyó en el marco de la Ley de Educación Superior de 1995, vienen registrando expresiones de rechazo en distintos sectores de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), especialmente de los estudiantes y graduados.

Los fines últimos de esa Comisión, encargada de acreditar carreras de grado cuyas profesiones sean de interés público por el Estado, a través de estándares de calidad, constituyen los principales cuestionamientos. Y es así porque esos estándares fueron gestados en el contexto dado por las políticas neoliberales de los ´90 en las que hubo poco espaciopara una educación pública y gratuita al servicio de las necesidades de los pueblos.

El rechazo a la Coneau votado el año pasado en la facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UBA constituye un antecedente clave para los estudiantes de la UNLP. Es un modelo testigo para rebatir cualquier argumento a favor de que si una carrera no es acreditada por la Coneau no tiene validez.

Mientras paracen agotarse los intentos para cambiar la Ley de Educación Superior, en La Plata se dieron reacciones en la facultad de Psicología, las cuales amenazan con expandirse hacia otras unidades.


No a las evaluadoras privadas

El análisis de Adriana Puiggrós

Necesariamente, hoy se debe mejorar la composición de la Coneau. Debe ser un organismo estatal que verdaderamente cumpla con las condiciones de evaluación y acreditación. En el proyecto de nueva Ley de Educación Superior del Frente para la Victoria proponemos un organismo que tenga representación docente y estudiantil, y rechazamos la posibilidad de la existencia de evaluadoras privadas. Estamos en contra de que un grupo de universidades se hagan evaluar por evaluadoras privadas; quienes así  no lo comprendan, son entes anárquicos que no reconocen la existencia del Estado ni tampoco defienden a la universidad pública. No aceptan que haya un organismo del Estado que acredite.

Aquí es clave el concepto de autonomía universitaria. El concepto mencionado es académico y la Universidad es un organismo, según nuestra Constitución Nacional, autónomo y autárquico del Estado Nacional.

Por otra parte, no es cierto que si la Coneau no acredita una carrera no tiene validez el título que otorga esa facultad. La acreditación no es indispensable  para que el título tenga validez. Lo que sucede es que si una carrera no acredita, el título tiene menos legitimidad, pero en ningún caso es ilegal.

El asunto es que seamos los propios argentinos quienes decidamos parte de la evaluación y no aceptar evaluaciones extranjeras que nos caen, sin tener en cuenta cuáles son nuestras características, qué elementos queremos evaluar.

Se trata de realidades distintas y de una concepción de educación distinta. Nosotros tenemos la Ley Nacional de Educación que marca los grandes principios de la educación nacional, qué tipos de sujetos queremos formar, y ese debe ser el marco de la evaluación.

Diputada Nacional FpV. Presidenta de la Comisión de Educación.



Un problema político, ideológico y social

El análisis de Diana Broggi

Abordar desde una perspectiva amplia y contextual, el debate sobre la acreditación de las carreras de grado a la Coneau en el marco de la Ley 24.521, es el camino para profundizar la discusión y eludir la simple polarización que entrampa las posturas y las vuelve consignistas.

Hay realidades que no pueden negarse, hoy como en los 90’ acreditar las carreras a la CONEAU implica tácitamente someter la formación, los planes de estudio a los lineamientos de esta Ley de Educación Superior (LES) sancionada en 1995. Más allá de las diferencias históricas y gubernamentales, es una ley que sigue vigente aunque cuestionada y de manifiesta inconstitucionalidad. De hecho, viola, entre otros, el artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional que establece la autonomía y autarquía universitarias.

También existen leyes más actuales que la contradicen, como la 26.206 de Educación Nacional, que en su artículo 2º establece que “la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”, y en su artículo 10º confirma que “El Estado Nacional no suscribirá tratados bilaterales o multilaterales de libre comercio que impliquen concebir la educación como un servicio lucrativo o alienten cualquier forma de mercantilización de la educación pública”. Vemos como queda enfatizada la contradicción con la LES menemista que en su artículo 2º postula a la educación como un servicio y no un derecho.

La vigencia de esta Ley es un problema político, ideológico, cultural que nos atraviesa. Por eso se hace necesario impulsar un cuestionamiento de esa índole hacia esta norma planteando algunos lineamientos claves para una nueva:

 Que defienda la autonomía de la Educación Superior de los poderes económicos y gubernamentales como condición básica para poder desarrollar un pensamiento crítico.  La universidad autónoma no es la universidad autista, si no la que tiene como fin de la construcción de conocimiento la libertad de los pueblos.

 Que explicite que los trabajadores docentes constituyen un cuerpo único y por lo tanto deben tener una representación única. Cualquier distinción sobre la dedicación docente, implica instaurar mecanismos jerárquicos, elitistas entre los propios trabajadores.

En relación a la evaluación, debe bregar por la protección de la autonomía de la Educación Superior, cualquier tipo de evaluación académica o institucional debe realizarse en forma independiente del poder ejecutivo, legislativo, judicial y de cualquier entidad privada. Los resultados de los procesos de evaluación no pueden ser utilizados para definir la distribución del presupuesto, y no pueden acarrear la posibilidad de inhabilitación para expedir títulos. La evaluación debe contemplar la participación de estudiantes, docentes, y otros actores sociales como movimientos sociales, sindicatos, y organizaciones de la sociedad civil. 

La necesidad de tener planes de estudios delineados por la comunidad académica, guiados por la brújula de las necesidades sociales es un elemento esencial  en la formación de profesionales que estén realmente orientados a trabajar de cara a las demandas de la sociedad, y no del mercado.

La formación mercantilista dibuja líneas de pensamiento y acción de los profesionales, orientando su praxis a los requerimientos empresariales, marcando el camino de las investigaciones sobre la base de países desarrollados, dejando sin lugar aquellas iniciativas que pretenden volcar el conocimiento y la investigación por ejemplo, a cómo solucionar las problemáticas de las clases bajas de la sociedad.

Acreditar las carreras de grado bajo la LES menemista implica legitimarla aceptando la extorsión explicita que supone la Coneau.  Es por eso que considero necesaria la oposición de la comunidad académica y las autoridades a la injerencia externa de organismos como este a la hora de definir la formación de los profesionales del pueblo.

Ya que no se trata simplemente de una ley que está presente y naturalmente hay que respetarla, sino que se trata más bien de una legalidad que expresamente degrada la educación pública, como parte de un proyecto político neoliberal y privatista.

Lic. en Psicología. Miembro de la FULP



Mayor representación docente y no docente

El análisis de Edith Pérez

Los acontecimientos de los últimos días en nuestra Facultad han actualizado el debate sobre la Ley de Educación Superior vigente, que regula las instituciones de formación superior universitarias o no universitarias,  estatales o privadas y en la jurisdicción en que se encuentren. Este texto legal fue sancionado el 20 de julio de 1995 y los procesos políticos y sociales que marcaron esa época del país y el mundo la atraviesan. Por ejemplo, no define la educación superior como un bien social, definición fundamental que suscribimos con vehemencia, y deja abierta su posible consideración como un bien comercial, lo cual es sostenido aún hoy por la Organización Mundial de Comercio. 

Otros puntos  conflictivos, con los que disentimos son, por ejemplo, la puerta que deja abierta para la regulación del ingreso por parte de las unidades académicas en universidades con más de 50.000 estudiantes, que, en el orden local, permite la restricción del ingreso en la Facultad de Medicina, la habilitación de los servicios a terceros en desmedro de las prestaciones a la comunidad en el marco de la Extensión Universitaria, y la no explicitación de  la gratuidad de la enseñanza de grado en las universidades nacionales.

Si bien en el artículo 41º otorga al Ministerio de Educación el reconocimiento oficial de los títulos que se expidan en el grado y posgrado y, por tanto, su validez nacional, fija condiciones para las carreras de interés público incluidas en el artículo 43º que deben ser reguladas por el Estado, criterio que en su formulación general compartimos ya que entendemos es función indelegable del Estado preservar y defender el Bienestar de los habitantes de la Nación. Estas carreras deben ser evaluadas y acreditadas periódicamente, por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau), organismo que aplica para este proceso estándares avalados por el Ministerio de Educación y el Consejo Interuniversitario Nacional. Pensamos que la alta integración de miembros propuestos por las cámaras debe ceder lugares a la representación de organizaciones de los docentes universitarios y trabajadores no docentes para ampliar la  participación de otros sectores sociales involucrados en la educación pública superior. Finalmente, queremos hacer explícita nuestra posición a favor de la regulación del Estado sobre algunos títulos y contraria a la habilitación para ello de consultoras privadas, como sucede en otros países de la región.

Licenciada en Psicología. Decana de la facultad de Psicología (UNLP)



Un estrategia integral para las universidades

El análisis de Carlos De Feo

La Coneau fue objeto de intensas polémicas desde el momento de su creación. El contexto lo explica: la institución de los dispositivos de evaluación y acreditación fue parte del arsenal de la reforma neoliberal impulsada en la década del '90. En una situación de recorte del presupuesto público, de apertura al financiamiento externo y de estímulo a la creación de instituciones privadas, amenazaba con ser el organismo asegurador de la "calidad" de una oferta de mercado.

Sin embargo, aunque la lógica mercantil logró parcialmente penetrar la actividad académica la Coneau no fue exactamente lo que pretendían los organismos financieros internacionales. En parte, debido a que las propias universidades no permanecieron ajenas a su diseño y actuación: en la implementación negociada de estas reformas, la intervención de múltiples actores con intereses diversos produjo modificaciones y reapropiaciones significativas. Vistos los resultados, la acción de la Coneau operó como un factor limitante de la expansión del sector privado, antes que como una traba para el crecimiento del sector público.

Con el correr del tiempo, prácticamente la totalidad de las instituciones se adecuaron a esta exigencia. Y, aún cuando los debates continúan, hay un amplio consenso en cuanto a la necesidad de que exista un organismo público que desempeñe esas funciones. El proceso de evaluación y acreditación, cuyos criterios y mecanismos tendrían que reconsiderarse, debe concebirse en el marco de una política integral para las universidades, como orientador de acciones que permitan subsanar déficits en el funcionamiento de las instituciones y/o sus carreras, de acuerdo con objetivos que apunten a lograr un desarrollo más equilibrado del sistema, y a fortalecer aquellas áreas que se definan como prioritarias.

La discusión sobre la Coneau debe ser parte de un debate más consistente en torno a los lineamientos de una política de estado para las universidades. Pero es un error rechazar la evaluación de parte de un organismo público planteando que ello lesiona la autonomía, o que conduce necesariamente a la privatización de la universidad. Sostener, sin más, que la universidad pública no puede ser evaluada, es en realidad otra forma de privatización de lo público. Animadas por intereses corporativos, o cabalgando sobre un vacío consignismo, estas posiciones terminan bloqueando la discusión que nos debemos.
Secretario general de la CONADU


En Exactas no acreditamos

El análisis de Laura Fraile

He tenido suerte en muchos aspectos de mi vida. En lo político, por ejemplo, fui partícipe no sólo como estudiante, sino también como presidenta del centro de estudiantes de mi facultad, de uno de los procesos de autodeterminación más importantes que los estudiantes universitarios hayan llevado a cabo desde hace 15 años: la lucha contra la Ley de Educación Superior (LES) 24.521, y en defensa de la universidad pública, gratuita, inclusiva, masiva y de calidad para el pueblo.

El 2 de junio de 2010, la facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UBA, por decisión de su máximo órgano de gobierno y luego de un amplio y democrático proceso de debate, decidió que dicha institución no presentaría sus carreras de grado a la convocatoria de acreditación de la Coneau. Por ese entonces, tres carreras habían sido declaradas de interés público, y por lo tanto, según la LES, debían someterse al proceso de acreditación.

La LES fue sancionada en el año 1995, y en consonancia con un plan de orden global llevado a cabo para uniformizar la educación superior, en un momento clave de la hegemonía neoliberal. Es una Ley aún vigente que define que la educación es un servicio, un bien de intercambio; que propone el arancelamiento de las carreras de grado como forma de autofinanciamiento; que plantea como forma de organización el ingreso restricto, el cupo en nuestras universidades; que propone como solución al desfinanciamiento estatal la venta de servicios y el acomodamiento total a las demandas del mercado y sus caprichos. Es una Ley que propone a la educación como un privilegio casi exclusivo para las clases más acomodadas. La Coneau es, en este sentido, el instrumento para llevar a cabo todas estas definiciones. Es el organismo que evalúa si las carreras cumplen con las políticas en educación impulsadas por el poder político de turno.

El proceso vivido en Exactas tuvo su primer gran salto a fines de 2009, cuando estudiantes, graduados y docentes de Exactas y otras facultades de la UBA, nos levantamos y elegimos defender nuestras carreras antes de quedar presos de los deseos de una Ley que entendemos injusta para nuestro pueblo.

El camino recorrido en Exactas y su posterior resolución, son un ejemplo a seguir para el resto de la comunidad académica en nuestro país. Experiencias como éstas, deben ser impulsadas en toda la Argentina porque son las que nos van permitiendo avanzar con una mejor perspectiva, hacia una nueva ley de educación superior pensada por y para todo el pueblo.

Presidente Centro de Estudiantes Facultad de Exactas y Naturales de la UBA.

Texto extraido de: http://www.elargentino.com/nota-146943-El-rol-de-la-Coneau-en-el-ojo-de-la-tormenta.html
 

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